Con 282 artículos el cuerpo legal del Ecuador hacia el deporte esta mas recargado y actualizado, la Reforma a la Ley del Deporte no se limitó a temas formales sino implica nuevas figuras jurídicas, aborda por primera vez las apuestas deportivas, fija límites a la reelección indefinida de dirigencias "eternas" y reafirma a la federación Ecuatoriana del fútbol FEE como ente rector del fútbol en base a la normativa internacional. Hace trece años la ONG Gestión Creativa anunció el concepto de "Nueva Gestión del Deporte" entre otras, anunciaba la limitación de la anterior ley del deporte de 2009 que implicó exceso de burocracia, camino abierto a la corrupción y contradicciones entre las declaraciones de derechos. Ahora de lo que se trata es de tener una Ley del Deporte dinámica, fortalcer la gestión y ser eficaz en el control por parte del ente rector que lo evadian la opacidad financiera y los liderazgos eternos. Los clubes de fútbol pueden adoptar una forma empresarial, con accionistas y "nueva gestión del deporte" es decir corporativa, al estilo de las experiencias de España, Inglaterra o Brasil. Para convertirse a Sociedad Anónima Deportivas SAD, los clubes pueden emitir acciones, captar inversión privada y están obligados a auditorías, presupuestos equilibrados y responsabilidad patrimonial. En teoría, esto permite planificar a largo plazo y reducir el riesgo de quiebra. Si un club ecuatoriano decide transformarse en una Sociedad Anónima Deportiva, podrá, por ejemplo, emitir acciones y atraer a un grupo de inversionistas privados para financiar la construcción de un centro de alto rendimiento propio, con canchas, áreas médicas y formativas. La ley no impone este modelo. La conversión es opcional, y los clubes deberán evaluar si les conviene, considerando su historia, base social y situación financiera. El control estatal busca evitar una privatización sin reglas del fútbol profesional. Cómo entra el negocio de las apuestas al marco legal. Apuestas Deportivas. Sector que no estaba normado y actuaba como lado obscuro, si bien el SRI registra 19 empresas, existen muchas plataformas, en el año 2024 solo 13 empresas declararon 25,2 millones USD por esta práctica. En ese mismo año el gobierno de Daniel Noboa creó la Licencia para Operación de Pronósticos Deportivos (LOPD), con un costo de 655 salarios básicos (307.850 dólares en 2025). La licencia nunca se emitió por falta de reglamento, que estaba a cargo del Ministerio del Deporte. De haberse cobrado a los 65 contribuyentes registrados, el Estado habría recaudado alrededor de 20 millones de dólares solo en 2025. La regulación de las apuestas no es solo fiscal. Organismos como el FBI e Interpol han documentado su vínculo con lavado de activos y manipulación de resultados. En Ecuador, investigaciones ligadas a LigaPro detectaron esquemas de apuestas que superaron los 140.000 dólares en un solo partido bajo sospecha. Por eso, la ley exige trazabilidad total: las plataformas deberán conectarse a sistemas oficiales, identificar plenamente a los usuarios y eliminar el anonimato. Se prohíbe que dirigentes, jugadores o entrenadores apuesten en su propio deporte, así como cualquier vínculo económico entre dirigentes y casas de apuestas, incluso a través de familiares. Reelecciones Indefinidas. Los periodos serán de dos a cuatro años, con una sola reelección inmediata permitida. Para postularse nuevamente, deberá transcurrir al menos un periodo fuera del cargo. La disposición transitoria décima segunda aclara que los periodos ya cumplidos cuentan, lo que impide nuevas candidaturas de dirigentes que ya agotaron el límite. En la práctica, figuras como Francisco Egas no podrán volver a postularse a la presidencia de la FEF. El mensaje es institucional: más alternancia y menos concentración de poder. El reto será que estas reglas no se eludan mediante interpretaciones forzadas o reformas internas. LO QUE FALTÓ. - Debatir, socializar sobre. - Problemas estructurales del deporte - La relación entre áreas protegidas, turismo y libre movilidad. - Situación de los deportistas y clubs amateurs
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